¿Dudas? Aquí tienes la respuesta

1. En caso de la muerte por cualquier causa del deudor y/o codeudor, el saldo de la deuda de la tarjeta de crédito queda cubierto.

2. Si el deudor o codeudor es diagnosticado con una discapacidad no preexistente superior al 50% (indicada por la autoridad competente), el saldo de la deuda de la tarjeta de crédito queda cubierto.

3. Si es deudor o codeudor es diagnosticado con una enfermedad catastrófica no preexistente, el saldo de la deuda de la tarjeta de crédito queda cubierto.

Si el deudor es dependiente y queda desempleado, el seguro cubre 3 cuotas del promedio de los últimos 12 meses del pago mínimo de la tarjeta de crédito.
Si el deudor es independiente y queda incapacitado para trabajar de forma temporal, el seguro cubre 3 cuotas del promedio de los últimos 12 meses del pago mínimo de la tarjeta de crédito.

En desempleo e incapacidad laboral temporal la cobertura aplica para personas de 18 años a 65 años de edad para el ingreso a la póliza y hasta los 70 años para la permanencia. 

En desempleo e incapacidad laboral temporal la cobertura aplica para personas de 18 años a 65 años de edad para el ingreso a la póliza y hasta los 70 años para la permanencia.

Las coberturas de enfermedades catastróficas y discapacidad superviniente tendrán un máximo de cobertura de hasta $25,000 para clientes mayores a 75 años. 

El seguro de desempleo e incapacidad laboral temporal tiene un máximo de $6,000 de cobertura. 

1. En caso de no haber pagado la prima del seguro. 

2. En cobertura de vida: la única exclusión es el suicidio durante el primer año de permanencia ininterrumpida en la póliza. 
3. En caso de incurrir en las exclusiones detalladas en los términos y condiciones para enfermedades catastróficas y discapacidad superviniente.